REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de agosto de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2008-006574

Visto el escrito de pruebas (folios 181–190 inclusive), presentado por los abogados Rafael Badell Madrid, Álvaro Badell Madrid, Roland Pettersson Stolk y Carlos Reverón Boulton, en sus condiciones de apoderados judiciales (folio 244–246 inclusive) de la accionada, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: Respecto al particular «I», el Tribunal enfatiza a la promovente que el «MÉRITO FAVORABLE» y la «COMUNIDAD DE LA PRUEBA» no constituyen medios de prueba susceptibles de promoción sino la expresión de los principios de adquisición o comunidad de los elementos probatorios, los cuales una vez cursan en autos, se hacen del proceso con absoluta independencia de la parte que los produjo.

SEGUNDO: En referencia a las Instrumentales reseñadas en el acápite «II», se deja constancia que componen los folios 191–239 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.

TERCERO: Con relación a las Testimoniales, se deja constancia que las ciudadanas Indhira Asuaje y Eucaris Escalona, deberán comparecer a la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigos.-

CUARTO: En lo atinente al Requerimiento de Informes del epígrafe «IV», el Tribunal lo desecha conforme a la motivación explanada en el título «QUINTO» de la providencia de pruebas de la accionante.
Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto la demandante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
MARYLENT LUNAR.