REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Cuatro de Agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002511
PARTE ACTORA: YELITZA JOSEFINA COLINA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA VICTORIA VALDIVIESO DE GAMEZ, Y ALFREDO E. GAMEZ INCIARTE
PARTE DEMANDADA: CENTRO DE UÑAS MARIA DE LOS ANGELES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NINOSKA MANZANO Y OTROS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 04 de Agosto de 2009 siendo las 2:00 p.m día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos YELITZA JOSEFINA COLINA en su condición de parte actora, debidamente representada por MARIA VICTORIA VALDIVIESO, inscrita en el IPSA bajo el N° 20.083; Asimismo comparece la parte demandada CENTRO DE UÑAS MARIA DE LOS ANGELES, debidamente representada, por CARMEN DIAZ ,titular de la Cedula de Identidad N° 15.793.153, en su condición de DUEÑA de la demandada, debidamente asistida por NINOSKA N. MANZANO, inscrita en el IPSA bajo el N° 45.049; dándose así inicio a la audiencia. Las partes después de revisar detenidamente los alegatos, defensas y pruebas han decidido que la parte actora, antes identificada DESISTE del procedimiento, por cuestiones personales; La Jueza visto el desistimiento de la parte actora HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO en los términos. Asimismo deja constancia que le devuelve a las partes las pruebas aportadas al inicio de la Audiencia Preliminar. En el entendido que transcurridos 5 días hábiles siguientes al de hoy el Tribunal dará por terminado el expediente, ordenando el archivo del mismo.
La Jueza
Abg. Vilma Leal.
La Parte Actora y su Abogada.
La Parte Demandada y su Apoderada
El Secretario.
Abg. Oscar Rojas
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