REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DUODÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 5 de agosto de 2009
199° y 150°


Visto el escrito transaccional suscrito por ambas partes ( ELEONORA SUAREZ y LUNCHERIA DON ROMULO, LAS TRES ESQUINAS C.A.), este Tribunal de una revisión minuciosa del mismo, observan que fueron cumplidos los extremos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículo 9 y 10 del reglamento; en tal sentido, este Tribunal Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, HOMOLOGA EL ACUERDO en los términos expuestos, dándole EFECTOS DE COSA JUZGADA, por lo que se da por terminado el proceso y se ordena el archivo del expediente. ARCHIVESE.-


La Juez


Abg. Neyireé Toledo


La Secretaria



Abg. Karina Contreras