REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, tres (3) de Agosto de 2009.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-012752

Visto el escrito presentado por el Dr. FREDDY LUCENA, Fiscal 95° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a petición de los ciudadanos LUZDARY GABRIELA BAUTISTA GOMEZ y DOUGLAS ANTONIO LANDER APONTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.586.679 y V-10.338.501, respectivamente, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de la niña (...), en el cual remiten convenio de Régimen de Convivencia Familiar de fecha 08/07/09, a favor de la prenombrada niña, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar, esta Juez Unipersonal Nº 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.