REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 14 de Agosto de 2009
199º y 150º

ASUNTO: AP11-M-2009-000224

Visto el escrito de demanda, así como los recaudos consignados, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE la demanda, cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, a los solos fines de interrumpir la prescripción de conformidad con lo dispuesto en el ordinal primero del artículo 1.969 del Código Civil.- En consecuencia, se ordena emplazar al ciudadano, Lorenzo Bernardo Henning Mota, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Lecherías estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad número 11.419.350, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de su se haga, previo cuatro ( 04) días como término de la distancia de conformidad con lo previsto en el artículo 205 del Código de Procedimiento Civil, a fin de dar contestación a la demanda que por Cobro de Bolívares ha incoado en su contra el Banco Mercantil C. A. Banco Universal, dentro de las horas de despacho establecidas en la tablilla del tribunal, tal como lo prevé el artículo 192 del Código de Procedimiento Civil, que son las comprendidas entre las 8:30 a.m. a 3:30 p.m., compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la citación, y para su práctica se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, con sede en El Tigre, para lo cual se ordena librar despacho y remitirlo bajo oficio, previo suministros de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia.-
Asimismo, se ordena expedir por Secretaria copias certificadas del libelo de demanda y del presente auto, de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de interrumpir la prescripción de conformidad con lo previsto en el artículo 1969 del Código Civil, consignados como han sido los fotostatos necesarios, expídanse copias certificadas.-
Ahora bien, la parte actora señaló en su escrito libelar que la parte demandada, le adeuda las siguientes cantidades: cien mil bolívares (Bs. 100.000, oo), por concepto de saldo capital, y cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y un bolívares con sesenta y siete céntimos (Bs. 44.741,67) por intereses, dicha sumatoria hace un total de ciento cuarenta y cuatro mil setecientos cuarenta y un bolívares con sesenta y siete céntimos (Bs. 144.741,67), la cual a raíz de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 18-03-2009, publicada en Gaceta Oficial No 39.152 de fecha 02-04-09, en la cual quedó establecido que los Juzgados de Municipio, categoría C en el escalafón judicial, conocerán en primera instancia de los asuntos contenciosos cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U. T. ), lo que equivale a ciento sesenta y cinco mil bolívares (Bs. 165.000, oo), que en el caso de marras, no excede la cantidad señalada en la Resolución, por lo antes expuesto es forzoso para esta sentenciadora remitir el presente asunto al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, bajo oficio, el cual será librado una vez conste en autos, el retiro de las copias certificadas por la parte interesada a los fines de su registro, ante la Oficina Atención al Publico (O. A. P.).- Cúmplase.-
La Juez
La Secretaria
Dra. María Rosa Martínez.
Norka Cobis.-




Hora de Emisión: 2:51 PM.-
Asistente que realizo la actuación: jaime.-