REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de agosto de dos mil nueve (2009)
199º y 150°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-002161
PARTE ACTORA: CARLOS GUDIÑO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CARLOS ROSALES
PARTE DEMANDADA: SUPERMERCADOS UNICASA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOAQUIN ORTEGANO
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO

Vista diligencia de fecha 10 de agosto de 2009, presentada por los abogados CARLOS ROSALES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 121.988, apoderado judicial de la parte Actora ciudadano CARLOS GUDIÑO, cédula de identidad Nº V-15.836.473, y el ciudadano JOAQUIN ORTEGANO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 118.189, apoderado judicial de la empresa Demandada SUPERMERCADOS UNICASA, C.A., respectivamente; mediante la cual la parte Demandada da cumplimiento a la sentencia proferida por el Juzgado Noveno Superior del Trabajo de este Circuito Judicial, y hace entrega del instrumento valor (cheque), a nombre de la parte Actora, por la cantidad condenada, es decir Bs. F. 103.290,56 girado contra el Banco Provincial, cheque Nº 08997970, y lo recibe la representación judicial de la parte Actora, este Juzgado Trigésimo (30°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de ejecución, le imparte la HOMOLOGACION a dicho cumplimiento. Igualmente, ordena dejar sin efecto auto y oficio de fecha 06 de agosto de 2009. Asimismo, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente, y se ordenará su remisión al archivo judicial. Así se establece.-

El Juez
El Secretario
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan
Abg. Peggy Hernández