REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

Visto el desistimiento de la acción realizado en esta misma fecha por la ciudadana EILYN CAROLINA CORREDOR GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.732.767, asistida por el Abg. Miguel Armando Hernández Aguilera, titular de la cédula de identidad Nº 7.444.428 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 65.695, este Tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. Se acuerda el desglose de las actas originales, su devolución a la solicitante y en su defecto dejar copias simples y remitir el presente asunto civil al Archivo Judicial.

La Juez,


Abg. Haydee Oberto Yépez

La Secretaria Temporal,


Abg. Mabel Mejías Andueza


HOY/mma/Clarisel m.-