REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-005960
PARTE ACTORA: YUMEL JOSE BRITO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MAURICIO OLEA
PARTE DEMANDADA: RESIDENCIAS PREMIER GARDEN
APODERADO JUDICIAL DE LA DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO CARLOS FERRER
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto escrito de Transacción de fecha 10 de Diciembre de 2009, presentada por los ciudadanos YUMEL JOSE BRITO, titular de la cedula de identidad N° 14.222.382, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por el abogado MAURICIO OLEA, debidamente inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 50.768, así como el abogado CARLOS FERRER, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 91.898; este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. 14.604,94; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su consecuente remisión al archivo judicial.- Así se establece.-

Abg. Leticia Morales Velásquez
La Juez


Abg. Karina Contreras
La Secretaria