REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno de diciembre de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-005580
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005580
PARTE ACTORA: ZOHAY MAINA RIVERO AREVALO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITÓ
PARTE DEMANDADA: BANCO DELTESORO, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA MACHADO Y OTROS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy uno de diciembre de dos mil nueve, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada BANCO DEL TESORO C.A BANCO UNIVERSAL; debidamente representada por MARIA MACHADO, inscrita en el IPSA bajo el N° 112.004, quien consigna copia de poder el cual se ordena agregar a los autos; Asimismo se deja expresa constancia de que la parte actora ZOHAY MAINA RIVERO AREVALO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
La Jueza


Abg. Vilma Leal.

La Apoderada de la Parte Demandada.

El Secretario.

Abg. Héctor Rodríguez.

Nota: En esta misma fecha previa las formalidades de Ley se cumplió con lo ordenado.


El Secretario.

Abg. Héctor Rodríguez.