REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y
Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, tres (03) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-004242

Vista la diligencia presentada por la abogada GLORIA GALEANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 20.299, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y por el ciudadano GUILLERMO ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nro.- 4.252.917, debidamente representado por la abogada ADRIANA LINARES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 86.396, mediante la cual dejan constancia de la segunda parte del pago realizado; en consecuencia vista la cancelación total del monto de Bs. 54.000,00, este Juzgado homologa la transacción presentada en fecha 01 de octubre de 2009; en virtud de la solicitud señalada en su cláusula segunda; dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, para lo cual se insta a las mismas a consignar las copias simples. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente y su cierre informático. ARCHÍVESE:

LA JUEZ

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

EL SECRETARIO


HÉCTOR RODRÍGUEZ