REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno (1º) de diciembre de dos mil nueve (2009)
199º y 150º

ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-005598
PARTE ACTORA: NOHELIA JOSEFINA AREVALO VARGAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ISABEL RICO DE OLIVEROS, SUSANA ISIS RINCON ALBORNOZ, ANASTACIA RODRIGUEZ, CLAUDIA CASTRO, GREYSI MARIA CORONIL ARANGO, ADJANY PALACIOS, ENZO PISCITELLI, ZULAY PIÑANGO, EDICTA DE SOUSA, MARIA CARZOLA
PARTE DEMANDADA: COMPUSERMAN INTERNACIONAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy uno (1º) de diciembre de dos mil nueve (2009), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia de que ni la parte actora ni la demandada comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.

La Jueza Titular

El Secretario
Abg. Judith González

Abg. Gustavo Portillo



En esta misma fecha se público y registro la presente decisión.

El Secretario


Abg. Gustavo Portillo