REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, catorce (14) de Diciembre de dos mil nueve.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-021263

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por la ciudadana ARACELIS FERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública N° (060) adscrita a la Defensoria del Niño, Niñas y Adolescentes “MIGUEL RIVERA”, ubicada en la Parroquia Antemano, Municipio Libertador del Distrito Capital, actuando en beneficio del niño (...), hijo de los ciudadanos CARLOS LUIS CHIQUILLO PIÑA y YESIKA CAROLINA ALBARRAN GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° V-17.476.336 y V-18.914.768, respectivamente; y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley.