REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Juez Unipersonal Nº 9.
Caracas, Ocho (8) de Diciembre de dos mil nueve.
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-020078

Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentado por la Abogada MARIANA PALOMARES, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésima Sexta del Ministerio Publico actuando en interés y resguardo de los derechos e intereses de la niña (...), hija de los ciudadanos MARLYS DEL CARMEN TEJEDOR y LUIS ALBERTO MOSQUERA BARRETO, titulares de las cédulas de identidad N° E-81.927.210 y V-22.493.404 respectivamente. Désele entrada a dicha solicitud, anótese en los libros respectivos y se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres, ni a ninguna disposición expresa de la Ley.