REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 16 de Diciembre de 2009
199º y 150°
ASUNTO: AP51-S-2009-019045
Vista la anterior solicitud de CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana BERBELYN GISELA RIVERO BASTARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.810.434, en su carácter de madre y representante del niño, (…), de cinco (05) años de edad, quien se encuentra debidamente asistido por la abogada BLASINA VASQUEZ, en su condición de Defensora Público 5° del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual solicitó que el niño ya mencionado, sea declarado como una Carga Familiar de el ciudadano LUIS VICENTE RANGEL VARGAS, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.296.927, quien es su abuelo paterno. En consecuencia, este Despacho Judicial cumplidas como fueron las formalidades de Ley, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA al niño, (…), de cinco (05) años de edad, CARGA FAMILIAR del ciudadano LUIS VICENTE RANGEL VARGAS, venezolano mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.296.927. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la presente Sentencia, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,


ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS LA SECRETARIA,

ABG. LENNI CARRASCO

DRC/LC/Freddy Molina