REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Sala de Juicio Nº 13
Caracas 07 de diciembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-020203

Vista las anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada por ante este Tribunal por el ciudadano ARMANDO DAVID CASANOVA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de Identidad Nº V.-6.125.791, debidamente asistido por el Defensor Público Décimo Sexto (106°), de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, abogado ABRAHAN BLANCO, quien actuando en su propio nombre y en representación de su hijo se omite la identificación, e hijo de GEMMA JEANNETTE FIGUEROA AUDRINES, quien en vida era titular de la Cédula de Identidad Nº V.-6.206.633, fallecida en fecha 08 de octubre de 2008, según se evidencia de acta de Defunción N° 190. En consecuencia, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la ciudadana GEMMA JEANNETTE FIGUEROA AUDRINES, antes identificada, a su hijo se omite la identificación, beneficiario de su madre ciudadana GEMMA JEANNETTE FIGUEROA AUDRINES. Cumplidas las presente actuaciones se ordena librar oficio a la Oficina de Atención al Público (O.A.P), para devolver original con sus resultas a la parte solicitante y copias certificadas, una vez que la parte interesada haya consignado los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ


Abg. JAIZQUIBELL QUINTERO ARANGUREN
LA SECRETARIA


Abg. SALLY GUERRERO

JQA/SG/jherry
AP51-S-2009-020203