REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, tres (03) de Diciembre de dos mil nueve (2009)
Años: 199º y 150º
ASUNTO: AP51-S-2009-017707
Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARTHA OFELIA GARZON CALLE, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-11.954.331, actuando en su carácter de madre y representante legal de sus hijos (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistidos por la abogada MARIA ANNERY GONZALEZ DE VIVAS, inscrita en el Inpreabogada bajo el N° 14.485, así como la aceptación y juramentación hecha por la Curadora Ad-Hoc designada, ciudadana ANGELA PATRICIA GARZON DE CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-22.728.724 en beneficio de los niños de autos. Esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. En consecuencia y habilitándose el tiempo necesario para ello, expídase copia certificada de la solicitud con inserción del presente auto y entréguese a la solicitante. De igual modo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
LA SECRETARIA,
ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM/Carol.
Motivo: Cúratela.
AP51-S-2009-017707