REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 14 de diciembre de 2009
199º y 150º

Visto el escrito de Promoción de Pruebas presentado en fecha 27 de noviembre de 2009, por los ciudadanos ROQUEFÉLIX ARVELO VILLAMIZAR, HÉCTOR FERNÁNDEZ VÁSQUEZ, ALFREDO SALAS LIRELLES y ANDRÉZ GRAFFE PÉREZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 75.334, 76.956, 111.418 y 138.504, respectivamente, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CLUB HÍPICO CARACAS, S.C, promoviendo prueba documentales siguientes:

1.- Facturas originales emitidas por el CLUB HÍPICO CARACAS, S.C., dentro del período que fue fiscalizado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Factura Nro. Control Nro. Fecha
007948 3053 01/02/2004
008159 3265 04/03/2004
008371 3478 01/04/2004
008604 3714 01/05/2004
008829 3944 01/06/2004
008865 3980 01/06/2004
009083 4202 02/07/2004
009322 4448 02/08/2004
009645 4779 03/09/2004
009697 4831 01/10/2004
009932 05066 01/11/2004
010159 05293 01/12/2004
010410 05544 04/01/2005
010692 05828 02/02/2005
010857 05993 02/03/2005
011117 06255 01/04/2005
011324 06462 04/05/2005
011538 06676 01/06/2005
011789 06928 01/07/2005


2.- Última modificación de los Estatutos Sociales del CLUB HÍPICO CARACAS, S.C.

3.- Facturas originales emitidas por el CLUB HÍPICO CARACAS, S.C., con posterioridad al período que fue fiscalizado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Factura Nro. Control Nro. Fecha
012152 07295 02/09/2005
012928 08086 01/12/2005
013297 08458 02/02/2006
016716 11978 08/05/2007
020214 12861 08/07/2008

4.- Exhibición del expediente administrativo dictado por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes.

El Tribunal deja constancia que apreciará el merito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.

El Juez,


Raúl Gustavo Márquez Barroso.
La Secretaria,


Natasha Valentina Ocanto Socorro

ASUNTO: AP41-U-2009-000423
RGMB/NVOS/pap.-