REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de Diciembre de 2009
199º y 150º
ASUNTO: AH13-F-2007-000072
Vista la diligencia suscrita en fecha 09 de diciembre de 2009, por la abogada en ejercicio ISABEL LÓPEZ DE GUTIÉRREZ, inscrita en el Inpre-abogado bajo el Nº 7.719, quien actúa en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos, junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por secretaría, todo a los fines legales consiguientes.
Asimismo, de una revisión exhaustiva realizada a las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal pudo observar que por error involuntario cometido en sentencia de fecha 20/11/2009, se identificó al comienzo de la relación suscinta de los hechos al demandado como MARCIAL ALEXANDER NAVAS REINOSO, siendo esto incorrecto, ya que lo correcto sería indicar como demandado al ciudadano “MARCIAL ANTONIO NAVAS DÍAZ” que es como corresponde, tal como se indica en la dispositiva. En tal sentido y visto el hecho explanado con antelación, este Tribunal a los fines de salvar el error cometido ordena tener como correcto en la referida sentencia en lo concerniente a la relación suscinta de los hechos que la presente demanda fue intentada contra el ciudadano MARCIAL ANTONIO NAVAS DÍAZ.
Téngase el presente auto como complemento de la sentencia dictada en fecha 20 de noviembre de 2009.
Asimismo, se acuerda notificar mediante boleta a la parte demandada ciudadano Marcial Antonio Navas Díaz (plenamente identificado en autos), y una vez conste en autos su notificación comenzará a transcurrir el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. Líbrese boleta.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA
JUAN CARLOS VARELA RAMOS.
CAROLYN BETHENCOURT.
Asunto: AH13-F-2007-000072
JCVR/CB/Andreina.-