REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
PARTE SOLICITANTE: NANCY DEL CARMEN LOPEZ DE PADILLA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número 16.178.898.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE SOLICITANTE: ZONIA ESTABA DE KOTLEWSKI y JUAN LUIS AGUANA FIGUERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 15.093 y 1.608.
MOTIVO: INSERCION DE ACTA DE DEFUNCION
SENTENCIA: DEFINITIVA
EXPEDIENTE: AP31-F-2009-002378
A los fines de dictar el presente fallo, el Tribunal observa:
PRIMERA CONSIDERACION: La actora plantea en su libelo, en términos generales lo siguiente:
1.- Que en fecha 30-11-2002, falleció el señor MANUEL LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº E-81.936.483, en el barrio 28 de Julio del sector la I, Casa N° 181, en esta ciudad de Caracas, según se evidencia del Certificado de Inhumación S/N de fecha 27-04-2009.-
2.- Que el acta de defunción del padre de la solicitante ciudadano MANUEL LOPEZ no fue inscrita en los Libros de Registro Civil de Defunción de la Alcaldía del Municipio Sucre.-
3.- Que, en virtud de lo expuesto, solicita la inserción de su Acta de Defunción.-
Acompañó a los autos, entre otros:
a) Fotocopias de cedulas de identidad del De-cujus MANUEL LOPEZ (folio 10).-
b) Certificación de Inhumación del De-cujus ciudadano: MANUEL LOPEZ, emanado de la Alcaldía del Municipio El Hatillo Distrito Metropolitano de Caracas Oficina de Administración de Cementerios de fecha 27-04-2009 S/N (folio 09).-
c) Constancia expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda.-
SEGUNDA CONSIDERACION: De la lectura de la solicitud se evidencia que, la solicitante persigue la Inserción del Acta de Defunción. En consecuencia, nos encontramos frente a un simple juicio de Inserción de Acta de Defunción.-
Ahora bien, vistos los documentos consignados a los autos este Tribunal por analogía del artículo 507 del Código de Procedimiento Civil, pasa a valorarlos de la siguiente manera:
1.- De la constancia expedida por la Prefectura del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, se evidencia que no consta en los libros de Registro Civil de Defunción el Acta de Defunción correspondiente al De-cujus ciudadano MANUEL LOPEZ; este Tribunal le da pleno valor por ser un documento público, constituyendo para este Juzgador la presunción de no existencia del Acta de la cual se pide su Inserción.-
2.- De la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, se certifica que en los archivos no reposa el Acta de Defunción correspondiente a quien en vida se llamará MANUEL LOPEZ, Colombiano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº E-81.936.483, quien falleciera el día 30 de Noviembre de 2002 en el barrio 28 de Julio del sector la I, Casa Nº 181, en esta ciudad de Caracas.-
TERCERA CONSIDERACION: Ahora bien, de los antes expuesto, y por cuanto con los elementos aportados a los autos quedo demostrada la fuerza probatoria, cumpliéndose los extremos del procedimiento de Inserción de Acta de Defunción establecido en el artículo 769 y siguientes de nuestra Ley Adjetiva, este Tribunal no tiene nada que objetar respecto de la Inserción de Partida de Defunción, pues de las pruebas aportadas y de la secuela de la solicitud se desprende la declaratoria favorable de la solicitud por parte de este Juzgador. ASI SE DECLARA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de Inserción de Acta de Defunción del De-cujus ciudadano MANUEL ANTONIO LOPEZ POZO. En consecuencia, téngase la presente sentencia una vez inscrita en los Libros Civiles correspondientes como Acta de Defunción del De-cujus ciudadano MANUEL ANTONIO LOPEZ POZO y quien en vida fuera padre de la ciudadana: NANCY DEL CARMEN LOPEZ DE PADILLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-16.178.898.-
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los ( 08) de Diciembre de dos mil nueve.-
EL JUEZ TITULAR
RENAN JOSÉ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO
Abg. WALID JOSEPH YOUNES M.
En fecha siendo las , se publicó y registro la anterior sentencia.
EL SECRETARIO
Abg. WALID JOSEPH YOUNES M.
RJG/WJYM/CEP
Exp. N°AP31-F-2009-002378
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