ASUNTO: AP21-L-2009-002961
Visto el escrito presentado por ante este Juzgado en fecha: 13 de noviembre de 2.009, suscrito por (la) el ciudadana (o) EDWIN CARRASQUILLA CONTRERAS, portador de la cédula de identidad No. V-17.143.084, parte demandante debidamente asistida por su el abogado FABIOLA ALVAREZ, e inscrita (o) el bajo el No.46.596, por una parte, y por la otra parte la (el) ciudadana (o) YANET BARTOLOTTA , quien es abogada e inscrito en el INPRE bajo el No.35.533, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada , según consta de poder que cursa en copia simple, en autos, en el mencionado escrito ambas partes celebran una transacción, en la cual describen una relación circunstanciada de la misma.
En tal sentido, quien suscribe, vista la presente transacción, suscrita por las partes anteriormente identificados actuando en su carácter de parte actora y en su carácter de parte demandada, luego de examinar el contenido de la Transacción celebrada, constata en la cláusula Séptima que el trabajador “declara expresamente que desiste de la acción,” al respecto quien suscribe, niega tal solicitud, ya que los derechos laborales son irrenúnciales. Así se establece.
En lo que respecta al resto de las cláusulas de la Uno a la Novena excluyendo expresamente la Séptima, se puede observar que no se vulneran normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, en tal sentido de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, ya que es un medio de auto composición procesal, se procede a impartir su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, a tal efecto, se ordenara el cierre y archivo del expediente, así como su cierre informático. Finalmente se acuerda la expedición de las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se insta a la parte solicitante a consignar las respectivas copias. Cúmplase con lo ordenado.
El JUEZ,
CARLOS ACHIQUEZ MEZA
LA SECRETARIA
Abg. KELLY SIRIT
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