REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO. EXTENSIÓN ACARIGUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Acarigua, 30 de enero de 2009
Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación
En el procedimiento iniciado por demanda de indemnización de daños materiales, daño emergente, lucro cesante y daño moral, intentada por GREDDWARD JOSÉ MÉNDEZ MELÉNDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, domiciliado en Píritu y titular de la cédula de identidad V 14.272.742 contra RODRIGO ALBERTO SALAS, venezolano, mayor de edad, casado, perito agropecuario, domiciliado en Acarigua y titular de la cédula de identidad V 2.286.615 y contra “COOPERATIVA PPA24 DE SEGUROS”, se constata que desde el 22 de mayo de 2008 cuando se admitió la demanda, la parte actora no ha suministrado el valor de los fotostatos para librar las compulsas de citación a los demandados ni ha puesto a la orden del alguacil, los recursos o medios de transporte para trasladarse para practicar esas citaciones y desde la fecha de la admisión, transcurrió mas de treinta días sin que el actor haya cumplido con las obligaciones que le impone la ley para las citaciones de los demandados, por lo que según el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, debe declararse la perención de la instancia.
Es por estos razonamientos, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento por demanda de indemnización de daños materiales, daño emergente, lucro cesante y daño moral intentada por GREDDWARD JOSÉ MÉNDEZ MELÉNDEZ ya identificado contra RODRIGO ALBERTO SALAS y contra “COOPERATIVA PPA24 DE SEGUROS”, el primero ya identificado.
El Juez
Abg. Ignacio José Herrera González
La Secretaria
Abg. Nancy Galíndez de González