REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSÉ VICENTE DE UNDA DEL
PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO PORTUGUESA
Chabasquén, 22 de Enero de 2009.
Años: 198° y 149°
Exp N° 549/2009
Vista la presente CONCILIACION, celebrada entre los ciudadanos: JUAN MANUEL OROPEZA MEDINA y BETZAIDA DEL ROSARIO ARROYO, con motivo de Obligación de Manutención, a favor de su hija: X. Seguidamente el ciudadano: JUAN MANUEL OROPEZA MEDINA., manifestó que tiene tres (03) meses como funcionario de la Policía y no ha cobrado nada, no sabe cuando le depositan, pero se comprometió a entregarle el dia de hoy o mañana dos (02) potes de leche la campiña y dos (02) potes de cerelac como alimento de su hija, inclusive se comprometió a que inmediatamente le depositen el sueldo comparecerá por ante este Tribunal para que la madre de su hija sea citada para ponerse de acuerdo cuando le empezara a pasar la Obligación de Manutención, ya que también recibirá cesta ticket. Seguidamente la ciudadana: BETZAIDA DEL ROSARIO ARROYO, estuvo de acuerdo con lo dicho por el padre de su hija.
|