REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN LOPNA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanare, 20 de enero de 2009
198° y 149°

ASUNTO : PP01-S-2009-000017

Visto el convenimiento celebrado en esta misma fecha por ante la Fiscalía IV del Ministerio Público con competencia en Materia de Protección del Niño, Adolescente y la Familia entre los ciudadanos WILMER JOSÉ GONZÁLEZ GONZÁLEZ y NORBELIS GISELA RUÍZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.664.980 y 16.476.641, respectivamente, sobre la Fijación de RÉGIMEN DE CONVIVENVIA FAMILIAR, en beneficio del niño *********************, de tres (03) años de edad, el cual queda fijado de la siguiente manera: El padre tendrá un régimen de convivencia familiar amplio, Semana Santa y Carnavales serán alternos entre los progenitores, así como la semana de Navidad y Año Nuevo del mes de diciembre; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos del niño en cuestión, este Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
La Juez Suplente Especial,

Abog. Francisca del C. González de Trabiezo
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde

FDCGdT/emjv/Clarisel m.-
PP01-S-2009-000017