REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-004425
PARTE ACTORA: BARBARA AMELIA TRUJILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIO ITRIAGO
PARTE DEMANDADA: IMPORTADORA TEXTIMAR C. A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS HAACK
MOTIVO: SALARIOS CAIDOS Y OTROS CONCEPTOS


En el día hábil de hoy quince (15) de enero de dos mil nueve (2009), siendo las 11:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, compareció el abogado MARIO JOSE ITRIAGO, inscrito en el IPSA bajo el No. 125.700, con el carácter de Procurador de Trabajadores, en su condición de parte actora, representando a la ciudadana BARBARA AMELIA TRUJILLO, y el abogado JESUS ENRIQUE HAACK, inscrito en el IPSA bajo el No. 43.695, quien consigna copia de instrumento poder que acredita su representación como apoderado judicial de la parte demandada IMPORTADORA TEXTIMAR, C. A., constante de 2 folios, debidamente cotejado con su original, el cual consigna escrito de promoción de pruebas constante de 2 folios y anexos constante de 15 folios, ambas partes en su condición de actora y demandada, dándose inicio a la audiencia; La parte demandada, hace del conocimiento del Tribunal que la presente causa fue declarada sin lugar en el Tribunal Contencioso Administrativo, para lo cual consigna copia certificada de la sentencia, la cual hice del conocimiento a l Inspectoría del Trabajo, la cual se explica por si sola, en consecuencia solicito al Tribunal sea declarada improcedente la presente demanda. La representación judicial de la parte actora expone: una vez revisadas las actas procesales contenidas en el escrito de pruebas, por la parte demandada, en la que se puede evidenciar que efectivamente se trata de una cosa juzgada motivado por la sentencia anteriormente indicada, a los fines de evitar una sentencia en contra de mi representada por la sentencia proferida por el Tribunal Contencioso Administrativo, de acuerdo a las facultades que me son conferidas, en este mismo acto DESISTO del procedimiento del presente juicio por cuanto la referida empresa nada queda por adeudarle a mi representada por los conceptos reclamados. La representación judicial del parte demandada expone: Una vez oída la exposición de la parte actora, convengo en el desistimiento hecho por la representación judicial de la parte actora y ambas partes solicitamos al Tribunal se sirva homologar el desistimiento otorgándole el carácter de cosa juzgada. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se deja constancia que en este mismo acto, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, asimismo se le hizo entrega a las partes de sus respectivos escritos de pruebas y anexos respectivos y copia certificada del presente acuerdo. ARCHIVESE.

EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABOG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO

ABOG. GUSTAVO PORTILLO


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA