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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 ACTA
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2005-002683
 PARTE ACTORA: CARLOTA MARIA GARCIA DOMINGUEZ
 APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GENAIDA GONZALEZ MORILLO, MARLENE DE LOURDES HERNANDEZ CASARES
 PARTE DEMANDADA: PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A. PETROLEO, S.A.), INTEVEP, S.A
 APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN DORELIA MARTINEZ MACHADO,  MANUEL ALBERTO LEON
 MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
 En el día hábil de hoy veintitrés (23) de Enero  de dos mil nueve (2009), siendo las  10:00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio CARLOTA MARIA GARCIA DOMINGUEZ contra PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.), INTEVEP, S.A,se deja expresa constancia  que solo comparecieron los ciudadanos CARMEN DORELIA MARTINEZ MACHADO, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 69.144, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada PETROLEO DE VENEZUELA, S.A. (P.D.V.S.A.), MANUEL ALBERTO LEON, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 19.355, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INTEVEP, S.A. y  se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149° y 198 °.
 El Juez
 Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
 Los Presentes
 El Secretario
 Abog. Israel Ortiz Quevedo
 
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