ACTA


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-004830
PARTE ACTORA: JESUS ANTONIO GARCÍA CORRO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Carmen Lobo, Mercedes Milian Correa, Elena Andrade
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA SURCO, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Joelle Vegas
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 12 de enero de 2009, siendo las 3 PM, día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Carmen Lobo, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.345, representantes judiciales de JESUS ANTONIO GARCÍA CORRO, parte actora y Joelle Vegas, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.368, representante judicial de CONSTRUCTORA SURCO, C.A, parte demandada, dándose así inicio a la audiencia. Las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: La parte demandada acepta pagar a la parte actora la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) que comprende todos y cada uno de los conceptos demandados y suficientemente detallados en el libelo que dio inicio a este proceso. Esta cantidad será cancelada en dos (02) cuotas de Bs. 10.000 cada una; pagadera la primera de ellas el 23 de enero de 2009 y la segunda, el día 6 de febrero de 2009; ambas. La parte actora acepta el pago ofrecido por la demandada y declara que con la última cuota cancelada, nada más se le adeudará por los conceptos demandados ni por ningún otro derivado de la relación de trabajo que le unió con la demandada. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.


La Juez
La Secretaria

Abg. Estela Romero

Abog. Jetsy Marcano



Los Presentes