ACTA



N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2006-004937
PARTE ACTORA:FRANCISCO ANIBAL RUIZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESUS DOMINGUEZ OCARIZ
PARTE DEMANDADA: HILANDERIAS VENEZOLANAS, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YANET BARTOLOTTA, CESAR BARRETO.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, 26 de Enero de 2009, siendo las 1:30 p.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Conciliatoria en el presente asunto, comparecen los abogados JESUS DOMINGUEZ inpreabogado N° 73.360 en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, YANET BARTOLOTTA, CESAR BARRETO inpreabogado Nros 35.533 y 46.871 respectivamente en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada HILANDERIAS VENEZOLANAS, C.A., dandose inicio a la audiencia conciliatoria. La parte demandada, ofrece a la parte actora la cantidad de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES ( BS.F. 45.000,00), de la forma siguiente,: Un (1) primer pago que la parte demandada hace entrega a la parte actora en este acto a traves de un (1) cheque por la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS.F.10.000,00) girado en contra del Banco de Venezuela, identificado con el N° S-92 61421017 a nombre del ciudadano FRANCISCO RUIZ, un segundo pago que sera cancelado por la parte demandada para el dia 17 de Febrero de 2009 por la cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS. F 8.750,00) un tercer pago que sera cancelado por la parte demandada para el dia 9 de Marzo de 2009 por la cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS. F 8.750,00), un cuarto pago que sera cancelado por la parte demandada para el dia 27 de Marzo de 2009 por la cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS. F 8.750,00), y un Quinto y ultimo pago que sera cancelado por la parte demandada para el dia 20 de Abril de 2009 por la cantidad de OCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (BS. F 8.750,00), todos estos pagos seran cancelados por la parte demandada a la parte actora por ante la Oficina de Recepcion de Documentos de este Circuito Judicial en las fechas ya antes mencionadas en la presente acta. La parte actora declara estar conforme con el acuerdo celebrado en este Acto y declara recibir conforme el cheque ya antes mencionado en la presente acta . Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Organica Procesal del Trabajo , y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .


El Juez

La Secretaria

Keyu Abreu

Abog. Eduardo Nuñez





PARTE ACTORA

APODERADO DE LA PARTE ACTORA

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA