REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, siete (07) de enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-005889
PARTE ACTORA: FREDDY SÀNCHEZ BRICEÑO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITÓ
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES TRIPLE 7 C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL ESTEBAN QUINTERO ALCALÁ y OTROS
MOTIVO: SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Hoy, 07 de enero de 2009 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el ciudadano: RAFAEL ESTEBAN QUINTERO ALCALÁ, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°123.658, apoderado judicial de la parte Demandada INVERSIONES TRIPLE 7 C.A. Igualmente, se deja constancia de la incomparecencia de la parte Actora FREDDY SÀNCHEZ BRICEÑO, cédula de identidad NºV12.881.754, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. En este orden de consideraciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Igualmente, se deja constancia que una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará el archivo del expediente. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 149 y 198.
La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abog. Daniela González


Apoderado Judicial de la parte Demandada


Se deja constancia que en el día de hoy siete (07) de enero de dos mil nueve (2009), se dictó, publicó y diarizó al presente decisión.
El Secretario
Abog. Daniela González