REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal VII
Caracas, doce de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO : AP51-V-2008-008508
Visto el convenimiento celebrado por los ciudadanos INGRID CAROLINA AGUILAR CEDEÑO y EDGAR JOSE BRACHO GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.812.764 y V- 10.480.607, respectivamente, con relación al REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, establecido a favor de los niños ----------, en el escrito de fecha 20-05-08, y del mismo modo, visto el desistimiento del punto seis del mencionado escrito, esta Juez Unipersonal VII del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho acuerdo le imparte su aprobación y lo da por consumado en los mismos términos fines y condiciones en el contenido. ASI SE DECIDE.
LA JUEZ

ABG. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA

ABG. MILAGROS N. SILVA R.