REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional
de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, diecinueve (19) de enero de 2.009
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-021372

Visto el escrito de fecha dieciséis (16) de diciembre de 2.008, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana ISBELL RODRÍGUEZ, en su carácter de Defensora de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Baruta del Estado Miranda, acreditada bajo el N° 095, actuando en interés superior del adolescente (...), de (...) años de edad, en el cual remite convenio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN celebrado por los ciudadanos VICTOR JOSÉ MARQUEZ PINO y PATRICIA MAGGINE MARTÍN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-11.559.217 y V-11.692.119, respectivamente, y quienes acordaron en el acta convenio, lo relativo a la Obligación de Manutención a favor del adolescente antes mencionado.