REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional
de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, diecinueve (19) de enero de 2.009
198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2009-000087

Visto el escrito de fecha siete (07) de enero de 2.009, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana DILIA LÓPEZ BERMÚDEZ, en su carácter de Fiscal Centésima Tercera (103°) del Ministerio Público, actuando en interés superior de los niños (...), de (...) y (...) años de edad, respectivamente, en el cual remite convenio de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR celebrado por los ciudadanos RAMÓN RODOLFO PÉREZ PALMA y MARÍA DEL MAR PÉREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédula de Identidad Nros. V-10.093.775 y V-10.685.820, respectivamente, y quienes acordaron en el acta convenio, lo relativo al Régimen de Convivencia Familiar a favor de los niños antes mencionados.