REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Juez Unipersonal Nro. 9
Caracas, 09 de enero de 2009
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-021210
Visto el escrito de fecha 12/12/08, presentado por la Abg. MARIA DA CORTE, en su condición de Fiscal 97° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de los niños (...), de (...) y (...) años de edad, respectivamente; en el cual remite convenio de Obligación de Manutención, celebrado en esa Dependencia en data 25/11/08, entre los ciudadanos JOSE ANGEL MALPICA y YOLIMAR ALEXANDRA BENITEZ FERNANDEZ, ambos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.835.243 y V-12.563.948, respectivamente, a favor de los prenombrados niños, y quienes acordaron todo lo relativo a la referida obligación, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.