REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 10.
Caracas, quince (15) de Enero de dos mil nueve (2009).
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-021578
Por recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), la anterior solicitud de Homologación de Convenimiento de Obligación de Manutención y recaudos acompañados, presentados por la ciudadana VANESSA CARREÑO RIVERA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando en defensa de los derechos y garantías de los Niños (se omiten los nombres por mandato de ley), hijos de los ciudadanos LUIS FERNANDO CORREA MARTINEZ y GRECIA ALEJANDRA MEJIAS SIVIRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad N° V-11.931.552 y V-14.128.257, respectivamente, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto; se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y ninguna disposición expresa de la Ley: En consecuencia esta Juez Unipersonal Nº 10 del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento de Obligación de Manutención suscrito por los padres de los niños antes mencionados, en los mismos términos y condiciones por ellos establecidos en el acta de fecha 27 de Noviembre de 2008, ante la referida Fiscal, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenimiento y de la presente decisión y entréguense a los interesados ante la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), a fin de que surta los efectos legales correspondientes, una vez se aporten los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
ABG. PEDRO DUQUE.
AP51-S-2008-021578
Luis Serrano.
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