REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio Nº 12.
Caracas, doce de enero de dos mil nueve
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2008-002596.
Parte solicitante: NUBIA LAGUNA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-11.163.401, en su carácter de Directora del Centro de Atención Integral de Fundana.
Niño:
Motivo: AUTORIZACION PARA VIAJAR.
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial la solicitud realizada por la ciudadana NUBIA LAGUNA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-11.163.401, en su carácter de Directora del Centro de Atención Integral de Fundana, en fecha 08 de enero de 2009, por la cual solicitó a este Tribunal autorización Judicial, a los fines de que el niño, puedan viajar con la ciudadana KAROL FRAINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.412.201, a la ciudad de Orlando (Parque Walt Disney World), de los Estado Unidos de Norteamérica, en el periodo comprendido desde el 23 de abril de 2.009 hasta el 30 de abril de 2009. Asimismo, solicitó se le autorizara para tramitar por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería el pasaporte del niño, y por ante la Embajada de Los Estados Unidos de Norteamérica, la Visa de Turista del niño precedentemente mencionado. Este Tribunal de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Juez Unipersonal número XII, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, haciendo uso de sus amplias facultades legales que le confiere el artículo 393 de de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, concede AUTORIZACION JUDICIAL suficiente para que el niño,, viaje con la ciudadana KAROL FRAINO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.412.201, a la ciudad de Orlando (Parque Walt Disney World), de los Estado Unidos de Norteamérica, en el periodo comprendido desde el 23 de abril de 2.009 hasta el 30 de abril de 2009. SIN EMBARGO, SE LE IMPONE AL CIUADANA KAROL FRAINO, QUIEN ESTARÁ A CARGO DEL NIÑO PRECEDENTEMENTE DESCRITO, LA OBLIGACIÓN DE RETORNAR AL PAÍS CON EL MISMO, EL DÍA 30 DE ABRIL DE 2009, SO PENA DE APLICÁRSELE EL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE ASPECTOS CIVILES DE LA SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES DE EDAD, Y DEMÁS CONVENCIONES INTERNACIONALES QUE EN LA MATERIA HAYA SUSCRITOS LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Asimismo, LA CIUDADANA NUBIA LAGUNA DEBERÁ COMPARECER CON EL NIÑO POR ANTE LA SEDE DE ESTE TRIBUNAL, EL 04 DE MAYO DE 2009. Por último, se autoriza a la ciudadana NUBIA LAGUNA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. V-11.163.401, a los fines de que gestione todo lo pertinente a la tramitación del pasaporte del niño, ante la Oficina de Identificación y Extranjería, y por ante la Embajada de Los Estados Unidos de Norteamérica, la Visa de Turista del niño, por cuanto es deber de esta Juzgadora garantizar a éste su derecho a obtener los documentos públicos de identidad, según lo previsto en el artículo 22 ejusdem. Expídase por Secretaria copia certificada del presente auto y entréguese a la parte interesada, a los fines de que surta sus efectos Legales. Cúmplase.-
La Juez
Sara E. Guardia Soto. La Secretaria
Adriana Mireles.
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