REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de enero de 2009
198º y 149º

Vistos el escrito de promoción de pruebas presentado por los ciudadanos MANUEL ANDRÉS ROMERO AMPARAN y XAMIRA GOYA, inscritos en el Instituto de Previsión al Abogado bajo los números 107.058 y 12.444 actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil GTME DE VENEZUELA, S.A., mediante el cual promueven: prueba documental, Acta Fiscal número 001 de fecha 7 de noviembre de 2007, dictada por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat. Resolución número 000127 de fecha 1 de abril de 2008, dictada por la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, notificada en fecha 1 de abril de 2008. Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2002. Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2003. Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2004, Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2005, Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2006, Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2007. Copias simples de las planillas de depósito efectuados en la entidad bancaria Fondo Común Banco Universal correspondiente al aporte de los meses enero a diciembre 2008 y Prueba de Informes. Este Tribunal observa:

PRIMERO: De conformidad con el Artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, ordena requerir informes sobre lo expuesto en el Capítulo IV del Escrito de Pruebas y, a tal efecto ordena Oficiar al:

• Banco Fondo Común Banco Universal, situado en avenida Andrés Bello, Torre Fondo Común, Municipio Libertador, Caracas.

El Tribunal deja constancia que apreciará el mérito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.

El Juez,



Raúl Gustavo Márquez Barroso.
El Secretario,


Fernando José Illarramendi Peña.

ASUNTO: AP41-U-2008-000615
RGMB/FIP/pap.-