REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy quince (15) de enero del año dos mil nueve (2009), siendo las nueve horas de la mañana (9:00 a.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURÁN y la ABOGADA GENAIRE GONZÁLEZ FIGUEROA, SECRETARIA TITULAR; en compañía y a solicitud de la apoderada judicial de la parte actora LILY FERRARO VELÁSQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 91.288; del auxiliar de justicia ciudadano JESÚS MELÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.614.946, en su condición de representante de la depositaria Judicial La R.C. C. A., previamente juramentado por este Juzgado, tal como consta en el acta levantada a tal efecto en el Libro de Juramento de Auxiliares llevado por el mismo; constituidos en la siguiente dirección señalada por la parte actora: Centro Parque Caracas, Torre A, piso 5, oficina 510, Avenida Universidad, Esquinas Monroy a Misericordia, Municipio Libertador del Distrito Capital; a objeto de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada y ordenada por el JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES sigue JESÚS MARÍA GALAVIZ ALARCON contra ROSA ISABEL BALLESTAS; expediente N° 15.638/2008; recibida por este Juzgado mediante proceso de distribución de fecha 06 de noviembre de 2008.- Seguidamente en el lugar supra identificado, el Tribunal notificó de su misión al ciudadano EDGAR MARTIN CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.243.505, quien en conocimiento del contenido de la comisión la cual le fue leída, manifestó ser el Contador de la empresa AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A..- En este estado la apoderada judicial de la parte actora ejecutante, antes identificada, expone: “Señalo para ser embargada preventivamente, hasta cubrir la cantidad decretada por el Comitente de UN MILLÓN DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DOCE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.272.812,50), las Tres mil (3000) acciones que posee la demandada ciudadana ROSA ISABEL BALLESTAS, en la compañía denominada AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09-11-1987, bajo el N° 21, Tomo 41-A-Pro, Exp. 236.430. Es todo”.- De seguidas el Tribunal solicita al notificado ponga a disposición del Tribunal el Libro de Accionistas de la empresa AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A.- Acto continuo el notificado, puso a disposición del Tribunal el Libro de Accionistas de la empresa AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A., debidamente registrado por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, en fecha 27 de octubre de 1999, N° 51081, denominado Libro de Accionistas; en el cual se evidencia en el folio 2, que la ciudadana ROSA ISABEL BALLESTAS DE ZOUBOVSKY, es titular de 3000 acciones con un valor de 1.000 Bs. por acción, adquiridas en fecha 09 de noviembre de 1987; asimismo presentó ad efectum videndi Acta constitutiva de la referida empresa AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A., por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de noviembre de 1987 bajo el N° 21, Tomo 41-A-Pro.- Seguidamente en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADA PREVENTIVAMENTE, las Tres Mil (3.000) Acciones, que posee la demandada ciudadana ROSA ISABEL BALLESTAS, en la empresa AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 09 de noviembre de 1987 bajo el N° 21, Tomo 41-A-Pro.; y se pone en posesión de la Depositaria Judicial designada La R.C. C.A., en la persona de su representante ciudadano JESÚS MELÉNDEZ, antes identificado.- De seguidas el tribunal procede a estampar la nota correspondiente en el Libro de Accionistas de la empresa AGROPECUARIA AGUAS VERDES C.A.- En este estado la apoderada judicial de la parte actora ejecutante, antes identificada, expone: “Solicito al tribunal se sirva remitir la comisión con sus resultas al Tribunal Comitente. Es todo”.- Vista la solicitud formulada por la apoderada judicial de la parte actora ejecutante, este Tribunal acuerda de conformidad y en consecuencia, ordena la devolución de la comisión con sus resultas al Tribunal de la Causa.- Se ordena hacer entrega en este acto al notificado, de copia simple de la comisión y de la presente acta.- Se ordena participar al Registrador Mercantil respectivo, la práctica de la presente medida de embargo preventivo.- Se ordena expedir por Secretaría copia certificada de toda la comisión para ser agregadas al copiador de actas llevado en este Tribunal.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 10:00 a.m.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ

ABG. ZULAY BRAVO DURÁN
EL NOTIFICADO




LA APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA EJECUTANTE




EL DEPOSITARIO JUDICIAL


LA SECRETARIA