REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de enero de dos mil nueve
198º y 149º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-0071
PARTE ACTORA: LUIS ENRIQUE MENA OSORIO, titular de la cédula de identidad Nro. 17.512.326.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CLAUDIA IRENE CASTRO y otros, Procuradora del Trabajo inscrita en el IPSA Nro. 76.601.
PARTE DEMANDADA: PLANSUAREZ, C.A.
TERCERO INTERVINIENTE: INVERSIONES SOLY 5, C.A,
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO JOSÉ OLIVO LÓPEZ, IPSA Nro. 45.329.
APODERADOS DEL TERCERO INTERVINIENTE: el abogado EDUARDO JESÚS NUÑEZ SALVATIERRA, IPSA Nro. 98.564.
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales

Hoy, 15 de enero de 2009, siendo las 11:00 am; día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos LUIS ENRIQUE MENA OSORIO en su carácter de parte actora, acompañado de su apoderado judicial CLAUDIA IRENE CASTRO, asimismo se encuentran FRANCISCO JOSÉ OLIVO LÓPEZ en representación de PLANSUAREZ, C.A y EDUARDO JESÚS NUÑEZ SALVATIERRA en representación del tercero interviniente, todos arriba identificados, dándose así inicio a la audiencia, con la intervención de la representación de INVERSIONES SOLY 5, C.A, a los fines de consignar el instrumento poder que acredita su representación, como efectivamente lo hace en copia el cual se ordena insertar en autos. Seguidamente, la juez como rectora del proceso pasa a explicar las reglas de la audiencia y luego concede el derecho de palabra a cada uno de los presentes quienes luego de una breve disertación manifiestan que han llegado al siguiente acuerdo: La empresa INVERSIONES SOLY 5, C.A, representada por EDUARDO JESÚS NUÑEZ SALVATIERRA, ofrece a la parte actora por todos y cada uno de los conceptos demandados los cuales comprenden antigüedad tanto acumulada, adicional y parágrafo primero del articulo 108 LOT, intereses sobre prestaciones sociales (articulo 108 LOT), vacaciones fraccionadas, (artículo 225 LOT), utilidades fraccionadas (articulo 174 LOT), bono vacacional fraccionado (articulo 223 LOT), e indemnización por despido injustificado (Art. 125 LOT) la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS BOLIVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 3.200,OO), en un solo pago el cual se compromete a efectuar ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) mediante cheque, a favor del accionante, el día 23-01-2009. En este estado la parte actora, visto el ofrecimiento realizado por la demandada, lo acepta libre de constreñimiento alguno en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar por los conceptos demandados ni por ningún otro concepto, a PLANSUAREZ, C.A. ni a ninguno de su empresas filiales, o sucursales, o integrantes del grupo de empresas en virtud de lo cual la juez en conformidad a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como al articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, observa que la transacción cumple los requisitos señalados en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9, 10 de su Reglamento, por consiguiente este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; de igual manera se declara terminado el presente acto, se deja constancia que no hubo entrega del material probatorio dada la naturaleza del presente acto, y que se dará por terminada la causa una vez conste en autos el cumplimientote de la obligación asumida,. Déjese copia de la presente acta como medio de auto composición procesal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:

La Jueza,

Abg. Ruth Pernia

El Secretario,

Abg. Oscar Rojas


Parte actora y Apoderado judicial Parte actora




Apoderado judicial de la demandada




Rep. Judicial del Tercero