REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 198° y 149°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-005955
En el día hábil de hoy VIERNES 16 DE ENERO DE 2009 siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por Prestaciones Sociales incoara la ciudadana SANDRA VERÓNICA DUPONT MAVARES, titular de la cédula de identidad N° 12.686.752 contra la Sociedad Mercantil STREET MUSCLE G.Y.M., C.A. En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se AVOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora, ciudadana SANDRA VERÓNICA DUPONT MAVARES, titular de la cédula de identidad N° 12.686.752, debidamente asistida por la abogada YINESKA JOHANA FRANCO DAVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.380, asimismo se deja constancia de la comparecencia de la abogada ADRIANA J. SÁNCHEZ BENÍTEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.455, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, quien presenta copia simple del instrumento poder que acredita su representación constante de DOS (02) FOLIOS UTILES y su original a los fines de su confrontación. Ahora bien, por cuanto de las actas procesales que conforman el presente expediente se evidencia que en fecha 09 de octubre de 2008, la parte actora otorgó poder autenticado ante la Notaria Pública Primera del Municipio Libertador del Distrito Capital, inscrito bajo el N° 15, Tomo 129, con la finalidad de defender sus derechos y ejercer acciones, ya sea por la vía judicial o extrajudicial en todos los asuntos en materia laboral, sin que conste expresamente que dicho otorgamiento se haya efectuado para demandar a la Sociedad Mercantil STREET MUSCLE CYM, C.A., es por lo que en este mismo acto la parte actora otorga Poder Apud Acta a la abogada asistente abogada YINESKA JOHANA FRANCO DAVILA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 76.380, el cual consigna constante de UN (01) folio útil con la finalidad de subsanar el error cometido. En este acto las partes de mutuo acuerdo TRANSARON por la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES FUERTES CON 11/100 CÉNTIMOS (Bs.799,11) por los siguientes conceptos: prestación por antigüedad, vacaciones y bono vacacional fraccionado, utilidades fraccionadas. La cancelación del monto acordado se efectuará para el día JUEVES 22 DE ENERO DE 2009 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.). Por consiguiente, este Juzgado HOMOLOGA la presente transacción dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en los artículos 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, todo ello conforme a los artículos 87 y 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 108, 174, 219, 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo. Regístrese, Publíquese, guárdese copia certificada y una vez conste en autos el pago del monto acordado se dará por terminado el presente asunto, ordenando el cierre informático y su remisión a la División de Archivo Judicial. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
SANDRA VERÓNICA DUPONT MAVARES
PARTE ACTORA
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
DIRAIMA VIRGÜEZ
LA SECRETARIA
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