REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de febrero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º

ASUNTO: AP21-L-2008-004633

Visto el escrito de pruebas, que cursa en los folios 101 al 102, presentado por los abogados Juan Pablo Torres Figueredo y Oleada Colombani de Torres, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
Informes
De la prueba dirigida a la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, y que tiene por número 027-05-01-03363, este Juzgado LA NIEGA, en virtud de que en autos consta copia certificada del expediente administrativo y la parte promovente puede traer a los autos copia certificada del Expediente Administrativo Sancionatorio tal como lo establece el artículo 77 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.

De la Audiencia de Juicio
El Juez asimismo, informa a las partes que la incomparecencia a la Audiencia de Juicio en dicha oportunidad acarreará las consecuencias legales e igualmente se insta a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo a la utilización de los medios alternativos de resolución de conflictos. Así se decide.

El Juez de Juicio,
ABG. LUIS OJEDA GUZMÁN.
La Secretaria,
ABG. KELLY SIRIT.
LOG/KS/jfv
AP21-L-2008-004633