REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de febrero de dos mil nueve (2009)
198° y 149°
AP21-L-2008-000951
Visto el escrito contentivo de las pruebas promovidas por la parte actora, el cual riela a los folios N° 88 al 90, ambas inclusive, del presente expediente, Tribunal pasa a pronunciarse respecto de las mismas, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 numeral 1 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos:
INSTRUMENTALES
Que riela a los folios N° 02 al 306, ambas inclusive, del cuaderno de recaudos N° 01, presente expediente, este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en sentencia definitiva. ASÍ SE ESTABLECE.
EXHIBICION.
En cuanto solicitud de exhibición de las instrumentales que rielan del folio N° 112 al 121, de cuaderno de recaudos N° 01, del presente expediente, este Juzgado la ADMITE y ordena a la demandada que exhiba los mismos en la oportunidad de la Audiencia de Juicio correspondiente, la cual será fijada por auto separado dicha solicitud cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación la sentencia definitiva. ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ
OSWALDO RAFAEL FARRERA CORDIDO
EL SECRETARIO
CARLOS MORENO