REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Juez Unipersonal Nº II. Sala de Juicio
Caracas, dieciocho (18) de febrero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-V-2009-001453
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente, visto en computo que antecede donde se evidencia que ya transcurrió el lapso otorgado a los solicitantes para que corrigieran la presente demanda; en consecuencia este Tribunal declara DESISTIDA la presente demanda de Medida de Protección de Colocación Familiar solicitada por los ciudadanos GUSTAVO RAFAEL HERNANDEZ REYES y LISBETH COROMOTO QUEVEDO IBARRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.290.396 y V-13.291.852 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado RAUL ENRIQUE PAREDES VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado N° 122.851, a favor de la niña (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes). Asimismo se acuerda la devolución de los originales a la parte que los produjo, previa su certificación por secretaría, debiéndose oficiar a la Oficia de Atención al Público para que realice la entrega de los mismos. Cúmplase.-
LA JUEZ
ABG. ROSA YAJAIRA CARABALLO
LA SECRETARIA
ABG. SORAYA ANDRADE
RYC/SA/A
AP51-V-2009-001453
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