REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 6
Caracas, Diez (10) de Febrero de Dos Mil Nueve (2009)
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2008-010069
Vista la aceptación al cargo de Curadora Especial hecha por la ciudadana ROSA AMELIA PEÑA ROJAS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-2.232.796; este Juez Unipersonal No. 06, de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 270 del Código Civil, DISCIERNE en la persona de la ciudadana ROSA AMELIA PEÑA ROJAS, antes identificada, el Cargo de CURADORA ESPECIAL, de la Niña “…cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente…”. Cúmplase.-
El Juez,
La Secretaria,
Abg. José Alberto Nunes Marquina
Abg. Katty Solorzano
JANM/KS/Richard.-
AP51-S-2008-010069
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