REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, 11 de Febrero de 2009
198º y 149º
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ASUNTO: AP51-S-2009-001850
Visto el escrito de fecha 06/02/09, presentado por la ciudadana MONICA ESCALONA, en su carácter de Defensora Pública Nº 243, adscrita a la Defensoría Nº 8, actuando en nombre y representación de los derechos e intereses de la niña (...); en el cual remite convenio de Obligación de Manutención, celebrado en esa Dependencia en data 06/02/09, entre los ciudadanos RICHARD EDUARDO ROJAS LOPEZ y CRISTINA VASQUEZ MORENO mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 13.070.337 y 18.528.694., respectivamente, a favor de la niña antes citada, y quienes acordaron todo lo relativo la Obligación de Manutención, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.
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