REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 9
Caracas, 13 de Febrero de 2009
198º y 149º
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ASUNTO: AP51-S-2009-001976
Visto el escrito de fecha 10/02/09, presentado por el ciudadano JUAN ANTONIO GUERRA GARCÍA, en su carácter de Fiscal Centésimo Quinto (105°) del Ministerio Público (A), actuando en nombre y representación de los derechos e intereses del adolescente (...) de (...) años de edad; en el cual remite convenio de Obligación de Manutención, celebrado en esa Dependencia en data 4/02/2009, entre los ciudadanos MARIA ESTHE TABORDA ROJAS y CARLOS JOSE LUGO GONZALEZ, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.304.786 y V-6.236.370, a favor del adolescente ut supra identificado, y quienes acordaron todo lo relativo la Obligación de Manutención, esta Juez Unipersonal Nro. 9, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho, por no ser contrario a disposición expresa de la Ley, ni al orden público ni a las buenas costumbres.