REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 10.
Caracas, 10 de Febrero de 2009.
198º y 149º
ASUNTO: AP51-S-2007-022937
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, y en especial la diligencia presentada en fecha 23 de Enero de 2008, por la Abg. JAZMINE GOMBOS, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 13.165, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JAVIER ADELMO FUENMAYOR OSORIO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-12.832.905, mediante la cual desiste de la presente solicitud de Autorización Judicial para aceptar donación. De conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, esta Sala de Juicio N° 10 del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho desistimiento, dándole carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por Secretaria las copias certificadas y entréguese a los interesados a los fines legales consiguientes. Igualmente, se ordena la devolución de los documentos originales cursantes en el presente asunto, previa su certificación en autos. Cúmplase lo ordenado y remítanse las copias y documentos originales al Coordinador de la Oficina de Atención al Público para que sean entregados a la parte interesada, una vez se aporten los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS.
EL SECRETARIO,
ABG. PEDRO DUQUE.

AP51-S-2007-022937
MR/Pd/dl-*