REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Jueza Unipersonal 13
Caracas, 25 de febrero de 2009
198° y 149°
ASUNTO: AP51-S-2009-001085
Vista la anterior diligencia suscrita por la Fiscal 96° del Ministerio Público abogada MARIANA PALOMARES, en su carácter de autos, mediante la cual desiste de la presente demanda. En consecuencia, Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal N° XIII de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, declara DESISTIDA la presente solicitud, dándose por consumado el acto y procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminada la misma y se ordena la desincorporación del archivo central de este Circuito. Se acuerda devolver todo documento original. Cúmplase.-
La Juez,
Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren.
La Secretaria.,
Abg. Sally Guerrero.
ASUNTO: AP51-S-2009-001085