REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro de febrero de dos mil nueve
198º y 149º

ASUNTO: AP21-S-2009-000039

Vista la Transacción presentada en fecha 30 de Enero de 2009, por la ciudadana ANGELA FERNANDEZ en su condición de oferido, asistido en este acto por el abogado LUIS EDUARDO GARCIA y el abogado JESÚS ANTONIO LEOPOLDO en su condición de Apoderado Judicial de la empresa sociedad mercantil INVERSIONES R.6 99, C.A. parte oferente, ambos plenamente identificados en autos, este Juzgado previa, revisión del referido escrito y de los instrumentos poderes que los acredita, considera que la transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del ex-trabajador, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, le imparte su HOMOLOGACION, QUEDANDO CONSUMADO EL ACTO COMO COSA JUZGADA Y TERMINADO EL PROCESO.- Asimismo, se acuerdan conforme las copias solicitadas por las partes en dicho escrito, de conformidad con el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se insta a las mismas para que consignen copias simples para su certificación.-

La Juez

La Secretaria

Abg. Mónica Quintero


Abg. Jetsy Marcano