REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

Agua Blanca, 06 de Julio de 2009
198º y 150º
EXPEDIENTE 06-2009.-

Vista la solicitud de Declaración de Únicos y universales herederos, interpuesta en fecha 16 de Abril de 2009, donde la Ciudadana: BETANCOURT ORELLANA MAGDELIS DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 8.657.055, asistida por el Abogado en ejercicio, LUIS JOSE GUILARTE ESCALONA, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 138.853 y actuando en representación propia y de sus hermanos: JOSE JOAQUIN BETANCOURT SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 5.953.453, NELIDA CECILIA BETANCOURT SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11.602.047, y AARON ANTONIO BETANCOURT SIVIRA, titular de la cédula de identidad V-11.545.483, solicita sean declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de su padre, el causante ELIDORO BETANCOURT, quien era de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-1.107.736, mayor de edad, quien falleciera AB- INTESTATO, el Veintisiete de Marzo del año dos mil nueve (27-03-2009), de conformidad al acta de defunción Nº 08, vuelto del folio 4, Año 2009, expedida por el Registro Civil Municipal del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa, fueron consignadas con la solicitud copias del acta de defunción y de Partida de nacimiento de la solicitante.
Se le dió entrada a la presente solicitud en fecha diecisiete (17) de Abril de dos mil nueve (17-04-2009). En fecha veinte (20) de Abril de 2009, el Tribunal dictó auto en el cual insta a la parte solicitante a consignar documentos originales, así como el acta de nacimiento del resto de los ciudadanos en nombre de quienes actúa en la solicitud.
En fecha veintiuno (21) de Abril de 2009, compareció al Tribunal el apoderado de la solicitante Abg. Luis José Guilarte Escalona, quien consigno originales del Acta de defunción del ciudadano Fallecido ELIDORO BETANCOURT, partida de nacimiento de la ciudadana: MAGDELIS DEL CARMEN BETANCOURT ORELLANA, así como también Poder General otorgado por la ciudadana Magdelis del Carmen Betancourt Escalona, en esa misma fecha solicitó se realice por medio de cartel de Notificación la comparecencia de la ciudadana CARMEN MIREYA SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.865.541.
Para la misma fecha, se admitió la presente solicitud, por cuanto a lugar en derecho y de conformidad a la establecido en el articulo 3, de Resolución emanada del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se modifica a nivel nacional las competencias para conocer los asuntos en materia civil, mercantil y transito publicada en gaceta oficial Numero 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009, ordenándose en la publicación de CARTEL DE NOTIFICACIÓN, en dos (2) diarios de circulación Regional y Nacional, con el fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto concurriese a este tribunal a exponer lo que considera conveniente, de igual forma se estableció en el auto de admisión que consignados en autos la publicación de los carteles respectivos. En fecha veintidós (22) de Abril del 2009, se dictó auto en el cual y de conformidad a lo establecido en el artículo 150 y 154 del código de procedimiento civil, se tiene al Abg. Luis José Guilarte, como apoderado judicial de la solicitante.
En fecha 22 de Abril de 2009, el Tribunal dictó auto en el cual se acordó citar a la ciudadana CARMEN MIREYA SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 3.865.541, de conformidad a lo establecido en el artículo 900 del código de procedimiento civil.
Consta en el folio diecinueve (19) que el día veintitrés (23) de Abril el alguacil del Tribunal consigna boletas de citación debidamente firmada por la ciudadana CARMEN MIREYA SIVIRA. En fecha veinte (27) de abril comparece previa citación la ciudadana CARMEN MIREYA SIVIRA, quien rindió deposición testimonial. El ocho (08) de Mayo de 2009 el apoderado judicial de la solicitante Abg. Luis José Guilarte Escalona, solicitó copias certificadas del poder general acordándose dichas copia en la misma oportunidad. Del mismo modo consigno copias certificadas de las partidas de nacimiento de los ciudadanos JOSÉ JOAQUIN BETACOURT SIVIRA, NELIDA CECILIA BETANCOURT SIVIRA y AARON ANTONIO BETANCOURT SIVIRA.
En fecha trece (13) de Mayo de 2009 se acuerda librar cartel de notificación, a los fines de que sea publicado en un (01) periódico de circulación Regional y Nacional, a razón de haber cumplido la solicitante con lo requerido en el auto de admisión.
El veinte (20) de Mayo de 2009 el Abg. Luis José Guilarte, apoderado de la solicitante consigna debidamente publicados en periódicos de circulación regional dos (02) carteles de notificación.
En fecha diecinueve (19) de Junio de 2009, se dejó constancia del vencimiento del lapso de oposición establecido en la ley. El tribunal instó a presentar a los testigos a los fines de proveer la presente solicitud. En fecha veinticinco (25) DE Junio de 2009, se escucho la deposición testimonial de los Ciudadanos: BETANCOURT ELVIA CHIQUINQUIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-5.955.863 y BETANCOURT CARMEN RAMONA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-4.604.575. Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal observa:
UNICO: Con los documentos acompañados en la solicitud, Acta de defunción Nº 08, vuelto del Folio 4 Año 2009, Registro Civil Municipal del Municipio Agua Blanca del Estado Portuguesa, perteneciente aL Ciudadano: ELIDORO BETANCOURT, así como las partidas de Nacimientos de sus hijos, actas que se encuentran asentadas en el registro civil del municipio Araure del Estado Portuguesa, bajo el N° 1196, del año 1966, correspondiente a MAGDELIS DEL CARMEN BETANCOURT ORELLANA; partida de nacimiento N° 716, del año 1964, perteneciente a AARON ANTONIO BETANCOURT SIVIRA; partida de nacimiento asentada en el registro Municipal del Municipio Agua Blanca bajo el N° 140, folio 70, del año 1955, correspondiente a JOSE JOAQUIN BETANCOURT SIVIRA y partida de nacimiento N° 226, del año 1959, perteneciente a NELIDA CECILIA BETANCOURT SIVIRA, documentos que esta Juzgadora aprecia y valora de conformidad a los artículos 1359 y 1360 del código civil. De igual forma tomando en consideración la declaración de los Testigos: BETANCOURT ELVIA CHIQUINQUIRA Y BETANCOURT CARMEN RAMONA, quienes se encuentran debidamente identificados en auto, y los cuales estuvierón contestes en afirmar los hechos narrados, no encontrándose incursos en la generales de ley, razón por la cual, la suscrita Juez valora y aprecia las señaladas deposiciones testimoniales de conformidad al artículo 508 del código de procedimiento civil.