REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós de julio de dos mil nueve
199º y 150º

ASUNTO: AP21-L-2009-002968

Vista la diligencia que anteceden, suscrita por el ciudadano DANIEL GINOBLE inscrito en el IPSA número 97.075, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano DAVES JAVIER ISCULPI MARTINEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V.-14.966.481, mediante la cual desiste del procedimiento incoado contra la empresa ICC SUMINISTRO, C.A, y revisado como ha sido el expediente; este Juzgado HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento presentado por la representación judicial de la parte actora en los términos expuestos.

En consecuencia, visto lo antes expuesto, esta Juzgadora imparte la HOMOLOGACIÓN del procedimiento presentado por la representación judicial de la parte actora. Asimismo, se da por terminado el presente procedimiento incoado por el ciudadano DAVES JAVIER ISCULPI MARTINEZ, contra la empresa; ICC SUMINISTRO, C.A y se ordena el cierre y archivo del expediente. ARCHÍVESE.
La Jueza El Secretario
Abg. Vilma Leal Abg. Oscar Rojas















El Juez

El Secretario

Abg. Vilma Leal


Abg. Oscar Javier Rojas