REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-001127
PARTE ACTORA: CARMEN ELENA HERNANDEZ y LUIS RAFAEL RUZ NUÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MERLYS PALMA ROCCA, JO-ALICE PALMA ROCCA, HAROLD ACOSTA
PARTE DEMANDADA: UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA ANA, MARIA DEL PILAR ALVAREZ GONZALEZ y FRANK ALVAREZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NUBIA CASTRO DE HIDALGO, EDGAR RAMON DIAZ JIMENEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy veintinueve (29) de Julio de dos mil nueve (2009), siendo las 03:30 P.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio CARMEN ELENA HERNANDEZ y LUIS RAFAEL RUZ NUÑEZ contra UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO SANTA ANA, MARIA DEL PILAR ALVAREZ GONZALEZ y FRANK ALVAREZ ; se deja expresa constancia que solo comparecieron la ciudadana NUBIA CASTRO DE HIDALGO, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 71.323, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 150° y 199 °.
El Juez
Abog. Diego Antonio Araujo Aguilar
Los Presentes
La Secretaria
Abog. Xiomara Gelvis
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